1
Le renovación del tema de los salvajes en el siglo de las luces está vinculada, sin duda, al
renacimiento. Los mismos términos son usados por médicos, filósofos y novelistas para
designarlos, describirlos y definirlos: naturaleza, libertad, inocencia, su no distinción de lo "tuyo
y lo mio", entre otros. Véase Hélène Clastres, "Salvajes civilizados en el siglo XVIII", en
Historia de las ideologías: saber y poder del siglo XVIII al XX, Francois Chatelet , editor, 3
tomos (México: La Red de Jonas, 1980), III, págs. 171 y 172.
2
Bernardo Ward, Proyecto económico (Madrid: Instituto de Estudios Fiscales, 1982).
3
Ward, Proyecto económico, pág. 289
4
Ward encomendaba a los intendentes, esos nuevos funcionarios de la administración
borbónica, la tarea de llevar a la práctica los planteamientos económicos y políticos-culturales
respecto a los "indios".
5
Manuela Cristina García Bernal, "Política indigenista del reformismo de Carlos III y
Carlos IV", en Temas Americanistas, Seminario Historia de América 13 (1997), págs. 8-16,
menciona la existencia de una política indigenista de los Borbones españoles expresada
básicamente en las leyes dictadas para la desaparición de la encomienda y los repartimientos.
6
El Sínodo se realizó en 1722 y uno de los temas principales que trató fue el de los abusos
a que daban lugar los mandamientos y el servicio personal que prestaban los indios a los
gobernadores y capitanes de guerra. Con facultades extraordinarias en la gobernación el obispo
prohibió los repartimientos en 1723. Justo Sierra O'Reilly, Los indios de Yucatán, 2 tomos
(México: Universidad Autónoma de Yucatán, 1994), II, pags. 301-346.
7
Archivo General de la Nación de México (en adelante AGNM), Subdelegados vol. 35,
exp. 8 fs. 48v.-49, 1790.
8
Cosgaya consideraba que las castas tampoco eran idóneas para el tipo de trabajo que se
requería, pues eran dadas a la "holgazanería". AGNM, Hacienda, vol. 1038, exp. 68, 1789.
9
AGNM, Hacienda, vol. 1038, exp. 68, 1789.
10
Una cédula real del 31 de mayo de 1789 mandaba que la principal actividad productiva
en que se ocupara a los negros fuera la agrícola. Sin embargo, en Yucatán parece no haberse
cumplido con esta disposición al emplearlos en labores de caracter urbano principalmente. Véase
Francisco Fernández Repetto y Genny Negroe Sierra, Una población perdida en la memoria, los
negros de Yucatán (México: Universidad Autónoma de Yucatán, 1995), págs. 22-24 y 49-52.
11
Robert W. Patch, Maya and Spaniard in Yucatán, 1648-1812 (Stanford: Stanford
University Press, 1993), pág. 143. En la desaprobación pudo haber influido la importancia
demográfica que siguió teniendo el maya yucateco en la región sobre la población mestiza y
negra a finales del siglo XVIII.
12
No obstante esto, Cosgaya decía que podían diferenciar entre "un subdelegado que en la
clase de pudientes les trata con equidad, a otro que tomandolo por oficio para subsistir los
extorsiona..." AGNM, Subdelegados, vol. 26. F. 114, 1794.
13
Uno de los casos más famosos en Francia es el del salvaje de Aveyron, joven a quien el
médico Itard intentó enseñarle todas las normas sociales y morales de la época. Durante el siglo
XIX idiota e imbécil eran términos con los que se designaban a los que hoy la terminología
médica y psicológica clasifica como deficientes y débiles mentales. Roger Perrón, "Actitudes e
ideas respecto de las deficiencias mentales", en Los débiles mentales, René Zazzo, editor
(Barcelona: Fontanella, 1983), págs. 54-58.
14
William B. Taylor, "De corazón pequeño y ánimo apocado: conceptos de los curas
párrocos sobre los indios de la Nueva España del siglo XVIII", en Relaciones 39 (1989), págs. 5-67 encuentra que, a finales del siglo XVIII y principios del XIX, los términos utilizados por los
religiosos para hablar de la corta inteligencia y limitada razón de los indios eran de los rústicos e
ignorantes. Los términos extremos en esta calificación eran idiotas, estúpidos y brutos. En 1813,
el cura de Yaxcabá Granado Baeza utilizó palabras similares para referirse al indígena yucateco:
"son ordinariamente muy rudos y de entendimiento muy limitado... son tan rudos y torpes de
entendimiento que no conciben fácilmente la razón". Jorge Castillo Domínguez, "La constitución
de Cádiz en Yucatán" (Tesis de licenciatura, Universidad Autónoma de Yucatán, 1986), págs. 53
y 54.
15
Semejante idea del indio tenía el teniente del rey de la ciudad de Campeche José Sabido
al comentar en 1795 los obstáculos al fenómeno de los cañaverales en la intendencia: "La
primera y más esencial es la falta de brazos, y con solo esta se vino todo el proyecto al suelo; los
indios hablando con pureza, son endebles para fatigas de esta clase... huyen de todo trabajo que
miran con horror..." Lamentaba que el rey no hubiera otorgado el permiso para traer esclavos
negros de las "colonias amigas", pues traerlos de los puertos habilitados encarecía su precio.
AGNM, Hacienda, vol. 1064. exp. 18. fs. 99 y 102, 1795.
16
Archivo General del Estado de Yucatán (en adelante AGEY), Colonial, Varios, vol. 1,
exp. 1, 1786.
17
El intendente hablaba de su "natural probreza". AGEY, Colonial, Varios, vol.1. exp. 4,
1794.
18
Pedro Carasa, Historia de la beneficiencia en Castilla y León: poder y pobreza en la
sociedad castellana Valladolid España: Universidad de Valladolid, 1991), pág. 12.
19
AGNM, Intendentes, vol. 21, exp. 9, f. 177, 1797.
20
Pasado el momento álgido del debate sobre la racionalidad del "indio" representado en
las posiciones extremas de Sepúlveda y de Las Casas, la idea que predominó fue la de su estado
de infancia natural correspondiente al segundo grado de civilización de las tres categorías del
padre Acosta. Se reconoció su capacidad racional, pero era suficiente para valerse por sí mismo.
De ahí derivaron todas las leyes protectoras coloniales que lo designaban como un "perpetuo
menor". Taylor, "De corazón pequeño", págs. 8 y 9.
21
Sobre los conceptos civilizar y civilización y su contenido en la España del silgo XVIII,
véase José Escobar, "Mas sobre los orígenes de civilizar y civilización en la España del siglo
XVIII" en Nueva Revista de Filología Hispánica 33: 1 (1984), págs. 88-114.
22
Por ejemplo, el reglamento municipal de propios y arbitrios de la ciudad de Campeche
tenía destinado 100 pesos anuales para el maestro de escuela "...para que instruia a los niños
pobres en los primeros rudimentos, dogmas de la religión católica y obediencia al Rey..."
AGNM, Intendentes, vol, 75. Exp. 8 f. 3.23
Sobre el papel de los ayuntamiento en la promoción de escuelas gratuitas para pobres,
véase Dorothy Tnack, "Tensión en la Torre de Marfil. La educación en la segunda mitad del siglo
XVIII mexicano", en Ensayos sobre historia de la educación en México (México: El Colegio de
México, 1995), págs. 63-71.
24
La frase que utiliza Serge Gruzinski, "La segunda aculturación", en El Estado ilustrado
y la religiosidad indígena en Nueva España 1775-1800, Estudios de Historia Novohispana 8
(México: UNAM, 1985), págs. 175-201, para expresar la política integradora de los Borbones de
la población indígena y el ataque de toda forma de religiosidad popular.
25
AGNM, Intendentes, vol. 21, exp. 9. F. 179, 1789.
26
Desde 1788 Gálvez comenzó a organizar el establecimiento de escuelas públicas . El
informe del ayuntamiento meridano mencionaba dos escuelas para niños pobres, una de
españoles y otra de indios. Museo Nacional de Antropología e Historia (MNAH), Microfilms,
Serie Yucatán, Rollo 6.
27
AGNM, Historia, vol. 498. exp. 7 fs. 93-291v, 1791.
28
Por ejemplo, el subdelegado del partido de Tihosuco, al informar al intendente sobre sus
intentos de "extinguir el idioma regional", expresaba las dificultades que tenía: "Por mas
diligencia que he proporcionado no he podido conseguirla a causa de hallarse mas arraigada entre
los indios y vecinos..." AGNM, Historia, vol, 498, exp. 7 f. 119, 1791.
29
AGNM, Historia, vol. 498, exp. 7 f. 123v., 1791.
30
Las dificultades entre Gálvez y el obispo Piña y Mazo derivaban de las atribuciones que
al primero le daba una real cédula de 1789 para designar los maestros de escuela. El obispo
consideraba esto una intromisión de su jurisdicción por ser él quien antes lo hacía. Dorothy
Tanck, "Escuelas y cajas de comunidad en Yucatán al final de la Colonia", en Historia Mexicana
43:3 (1994), pág. 419.
31
Sobre las posiciones de los enciclopedistas y otros filósofos y viajeros del siglo XVIII,
véase Michele Duchet, Antropología e historia en el siglo de las Luces (México: Siglo
Veintiuno, 1975), págs. 169-175.
32
García Bernal, "Política indigenista", págs. 11-16.
33
Durante la administración de Lucas de Gálvez (1789-1792), varios subdelegados fueron
acusados de corrupción. Los argumentos siempre fueron la utilización de los indios en sus
cultivos bajo amenazas de castigo, no pagarles el dinero justo y desplazarlos a grandes distancias.
Véase los casos de los subdelegados de Bolonchén Cauich y Sahcabchén en AGNM,
Subdelegados, vol. 26, exp. 8. fs.115-152, 1790. También el caso del subdelegados de la Sierra
en AGNM, Civil, vol. 1454, exp. 7, 1791.
34
AGNM, Historia, vol. 151, exp.8. fs. 1-187, 1782.
35
AGNM, Hacienda, vol. 1064, exp.15, 1795.
36
Un bando de Gálvez del 20 de julio de 1790 mandaba que los subdelegados, jueces
españoles y justicias indias no obligasen a los arrieros indígenas que les vendiesen sus frutos, ni a
hacer contrato de transportarlos. Lo contrario contravenía la "...plena libertad en que deben estar
para tratar y contratar con quien tengan por conveniente y para los parajes y destinos que les
acomode..." La violación al bando había obligado al sucesor O'Neill a publicarlo de nuevo el 16
de julio de 1793. AGNM, Hacienda, vol. 1064, exp. 18, 1793.
37
El protector de indios de la intendencia decía que "ellos no saben apreciarlo y en fuerza
de rusticidad y miseria tocan sus obras por unos precios vilísimos y despreciables; ya también
porque el servicio que hacen, o con sus personas y con sus trabajos no es voluntario ni en virtud
de pacto privado, sino forzado..." AGNM, Historia, vol. 498, exp. 7 f. 208, 1791.
38
Por ejemplo, los miembors del consulado de comerciantes de la ciudad de México los
calificaban, en 1811, de perezosos y que aborrecían "las artes y los oficios". Solange Alberro, "El
indio y el criollo en la visión de las élites novohispanas, 1771-1811: contribución a una
antropología de las luces", en Cincuenta años de historia de México, Alicia Hernández y Manuel
Miño, editores (México: El Colegio de México, 1991), págs. 148 y 149.
39
Para Humboldt las razones estaban en la opresión y explotación a que había estado
sometido el indígena bajo el sistema colonial. José Miranda, "La visión humboldtiana de los
indios mexicanos", en Historia mexicana 9: 3 pág. 374. El naturalista Antonio Pineda -miembro
de la expedición Malaspina que visitó la región central novohispana en 1791- lo atgribuía a la
"poca educación" que le habían dado a los "indios" los conquistadores del siglo XVI y los curas
doctrineros. En este sentido, su apreciación coincidía con las críticas que en general hacían los
funcionarios borbónicos a la época de los Austria. Virginia González, "Antropología e ilustración
en Nueva España", en Actas de la Sociedad Mexicana de Historia de la Ciencia y la Teconología
I (1989), págs. 120-125.
40
Es Rousseau quien con más enfásis atribuye virtudes al derecho natural del salvaje.
Otros, sin negar que sea contrario a la razón, plantean que no es suficiente para asegurar la
armonía. Clastres, "Salvajes y civilizados", págs. 176-178.
41
AGNM, Hacienda, vol. 1064. exp. 18 fs. 99v, 102v y 103, 1795.
42
En 1795, el visitador del partido de Tihosuco le comentaba al intendente del arbitrio
propuesto para socorrer "la escases de estos miserables (indios) con un suplemento de su propio
dinero..." AGNM, Hacienda, vol. 1064. exp. 18. f. 54, 1795.
43
Woodrow Borah, El juzgado general de indios en la Nueva España (México: Fondo de
Cultura Económica, 1985), págs. 263-264 ha llamado la atención respecto a la similitud de
actitudes protectoras que adoptó la corona española con el "indio" y el pobre. Sin embargo, el
estatuto jurídico del primero siempre fue diferente. con los borbones españoles y su política
integradora, la visión paternalista que se tenía del indígena comenzó a cambiar. Discursivamente
comenzó a ser incluido en la noción moderna de pobre. Esto indica "...que con el paso del tiempo
y la formación de un gran organismo de pobres no indios, los dos grupos iban avanzando para
formar un orden común inferior, proceso que aún no se había completado al término del régimen
español.
44
Arturo Güémez Pineda, Liberalismo en tierras del caminante: Yucatán 1812-1840
(México: El Colegio de Michoacán y Universidad Autónoma de Yucatán, 1994), págs. 90-92.