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Antropología jurídica y cultura maya actual: Introducción a la temática y a las características de la obra



 

Por eso sueño con el día en que la interrelación respetuosa y justa entre los pueblos indígenas y otros pueblos se fortalezca, sumando potencialidades y capacidades que contribuyan a hacer la vida en este planeta menos desigual, más distributiva de los tesoros científicos y culturas acumulados por la humanidad, floreciente de paz y justicia.

(Rigoberta Menchú, Discurso en la recepción del Premio Nóbel de la Paz)



El nuevo proceso de reconocimiento de las culturas indígenas

Desde hace una década, el país entero vive un trascendental proceso político-jurídico y cultural, cuyo referente es la población indígena mexicana. Se trata del reconocimiento paulatino, sinuoso, lleno de malentendidos, rectificaciones y nuevos inicios de que "el problema del indio" no es un asunto privativo de ciertos grupos minoritarios llamados "indígenas", ni mucho menos un problema causado por éstos, sino un aspecto básico del proyecto de nación, de su identidad y de su proyección a futuro.

Destacan en este proceso inacabado y abierto1 varios eventos singulares:

  • En vísperas del llamado Quinto Centenario, en julio de 1990, el Senado de la República aprobó la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, que entró en vigor en septiembre de 1991 y garantiza el respecto a las culturas indígenas y la participación efectiva de los pueblos indígenas en las decisiones que les afectan2.

  • En enero de 1992 se hizo efectiva una adición a la Constitución Federal que establece que "la nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas" y que "la ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbre, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del estado".

  • El día de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio para América del Norte, el 1º de enero de 1994, "los pueblos indígenas del estado de Chiapas, alzados en armas en el Ejército Zapatista de Liberación Nacional contra la miseria y el mal gobierno" iniciaron su rebelión y aclararon: "No pedimos limosnas ni regalos, pedimos el derecho a vivir con dignidad de seres humanos, con igualdad y justicia como nuestros antiguos padres y abuelos"3.

  • En 1995, el Estado de Oaxaca reformó, después de varios pasos previos en este sentido, su Constitución, incluyendo en ella la siguiente disposición: "La ley protegerá las tradiciones y prácticas democráticas de las comunidades indígenas, que hasta ahora han utilizado para la elección de sus ayuntamientos"; después adecuó el "Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca" a esta nueva situación4.

  • En febrero de 1996, después de largas negociaciones, representantes del Gobierno Federal y del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) firmaron los llamados "Acuerdos de San Andrés" en materia de derechos y cultura indígenas; después de la retractación de la Presidencia de la República, se formuló finalmente una propuesta de reforma constitucional avalada por el EZLN, el Congreso Nacional Indígena y la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA) del Poder Legislativo, la cual, empero, no logró ser aceptada5.

  • A fines de abril del 2001, después de una visita histórica de representantes zapatistas en la Cámara de Diputados, se aprobó con gran mayoría la llamada "Ley de Derechos y Cultura Indígenas", celebrada por sus defensores como el fin del conflicto chiapaneco, mientras que un vocero yucateco de la minoría opositora habló de un "día amargo para la nación", en el que el Congreso se había negado a asumir las demandas y las propuestas de los pueblos indígenas6.

  •     Naturalmente, todo este proceso ha dirigido la atención de muchos ciudadanos y de numerosos especialistas en ciencias sociales hacia la situación de los pueblos indígenas, sus características socioculturales y sus relaciones con la sociedad no-indígena. No puede extrañar que uno de los campos temáticos de mayor interés ha sido y sigue siendo el del derecho - tanto en lo que se refiere a los reclamos de justicia de los pueblos y las comunidades indígenas y sus reclamaciones específicas como en lo relativo a las propiedades y el funcionamiento de sus sistemas normativos tradicionales7.

        El presente volumen colectivo constituye un modesto aporte al conocimiento de este campo. Contiene 24 trabajos que en algún sentido constituyen aproximaciones a la antropología jurídica de los mayas peninsulares.

         Para comprender mejor el carácter y alcance de estos textos, se explicará en lo que sigue, primero el significado de "antropología jurídica". Después, se abordará la relación entre derecho y cultura maya actual. Finalmente se informará sobre los diferentes apartados de este libro y la procedencia de los textos que lo componen.

     

    ¿Qué es la "antropología jurídica"?

    La noción "antropología jurídica" tiene dos significados, no claramente separados el uno del otro. El primero se refiere a una subdisciplina o rama especializada de la antropología, el segundo a un campo multidisciplinario inaugurado por aquella.

        La antropología8 ha sido llamada muchas veces "la ciencia de la cultura9" o mejor, porque la cultura humana no es una sola ni inmutable, sino diferente en los distintos lugares amén de cambiante, "la ciencia de las culturas". Dicho de otra manera, la antropología es la ciencia de la diversidad sociocultural. A lo largo de su siglo y medio de existencia se ha establecido como la ciencia social especializada en inventariar y documentar todos los aspectos de la casi infinita variación de formas de vida humana en todas las épocas históricas y todos los rincones de nuestro planeta. Al mismo tiempo, se ha consolidado como una perspectiva científica, que examina cualquier fenómeno o rasgo particular de la realidad social como parte de y en el marco de la diversidad sociocultural universal. Congruente con ello, el método comparativo ha sido tradicionalmente una de sus herramientas metódicas centrales, ya que la contrastación de instituciones, tradiciones y universos simbólicos con otros diferentes constituye una importante vía para la comprensión de cualquier fenómeno sociocultural específico. Este procedimiento es complementado por la investigación típicamente cualitativa que se adentra en la "otra" cultura y trata de entenderla desde su propio punto de vista - el llamado "trabajo de campo" y cierta clase de reconstrucción histórica -.

        La "antropología jurídica" es vista, generalmente, como una subdisciplina de esta antropología, a veces al lado de y a veces como parte de otra subdisciplina, a saber, la antropología política10. Se ocupa de cierto tipo de reglas o normas llamado "legal", de sus orígenes y sus modificaciones, de las instituciones relacionadas con su funcionamiento y transformación, de su legitimación y sus relaciones con la estructura social y la cosmovisión más generales de la sociedad cuyas reglas se estudian. Podría decirse también que la antropología jurídica es la subdisciplina antropológica que se ocupa, ante todo, de los conflictos básicos de un grupo social, analizando su definición, prevención y solución (Krotz 1995: 347-350). También aquí, la antropología se muestra en seguida como un conocimiento crítico - no por las intenciones de sus practicantes, sino por su propio procedimiento, pues la simple demostración de que las normas, prácticas e instituciones jurídicas existentes en una sociedad dada, por más "normales" que puedan parecer, constituyen solamente una posibilidad entre muchas otras, significa que el orden establecido tiene que justificar porqué es como es.

        En un sentido más amplio, la antropología jurídica puede entenderse - y como tal ésta parece estar consolidándose actualmente también en México - como campo multi- e interdisciplinario de análisis y de debate. Antropólogos (y algunos otros científicos sociales cuya temática de estudio y/o método de investigación se encuentran cercanos a la tradición antropológica) y especialistas en ciencias jurídicas colaboran, cada uno desde su perspectiva disciplinaria particular, en el examen de los diferentes sistemas normativos existentes en el país, los analizan en el marco de la diversidad social y cultural existente y exploran su ubicación con respecto al sistema de derecho positivo del estado y a la doctrina de los derechos humanos11. Naturalmente, el pluralismo jurídico generado ante todo por las culturas indígenas y los reclamos de justicia ancestrales de los pueblos indígenas constituyen el objeto principal de este esfuerzo colectivo.

         Basten dos ejemplos para mostrar la conveniencia de esta colaboración interdisciplinaria. El primero se refiere a la dificultad de "traducir" adecuadamente conceptos y razonamientos jurídicos, procedimientos e instituciones judiciales, normas y justificaciones existentes en una población indígena dada, a los términos del derecho positivo del estado mexicano y viceversa. Obviamente, esta tarea necesita tanto un manejo preciso del instrumental técnico del especialista en asuntos legales como el conocimiento profundo de las culturas indígenas y no-indígenas, de las que forman parte los fenómenos jurídicos bajo estudio. El segundo ejemplo es el debate sobre posibilidad e implicaciones de la codificación escrita del derecho indígena, que se transmite y reproduce oralmente. Igual que en el ejemplo anterior, también aquí no se trata de una simple cuestión técnica, sino se encuentran implicadas importantes problemas teóricos y metodológicos relativos a la existencia de racionalidades diferentes, el estatuto del derecho indígena y los límites del diálogo intercultural. Sin embargo, a pesar del creciente interés por estas temáticas, es necesario señalar que el conocimiento científico disponible al respecto en todo el país es bastante reducido; faltan estudios de todo tipo, desde el simple inventario de los sistemas normativos indígenas actuales hasta el esfuerzo teórico para analizarlos y caracterizar sus vínculos con el estado, por lo que también resulta difícil elaborar perspectivas a futuro y elaborar propuestas prácticas12.

     

    El derecho y la cultura maya contemporánea

    Como se desprende de lo anterior, la antropología jurídica estudia "lo legal" - tanto los diversos sistemas normativos como los reclamos de justicia - siempre como aspecto parcial de la sociedad correspondiente, o sea, como elemento integrante de la organización social y cultura de una colectividad determinada. Con respecto a la situación de la población indígena de la península de Yucatán, esto plantea varios problemas.

        Por una parte, todo el mundo conoce la fuerte presencia de lo que llamamos "cultura maya" en toda la región. Igualmente es sabido, que hay ciertas comunidades y áreas, donde se encuentran más "concentrados" y visibles los rasgos considerados característicos de la cultura maya actual. Se suele llamar "indígenas" a estas comunidades y áreas, aunque no toda la población que en ellas vive, es, en un sentido objetivo-científico, indígena maya, ni necesariamente se identifica a sí misma como tal.

        De entre estos rasgos culturales, se usa casi siempre la existencia de una lengua materna de origen prehispánico como elemento de identificación étnica. Según este criterio, y tomando los datos censales oficiales correspondientes a 1995, en el Estado de Yucatán, cuatro de cada diez habitantes, al menos, puede considerarse "maya"; en el Estado de Quintana Roo es uno de cada cuatro y en el Estado de Campeche uno de cada seis habitantes13. A pesar de que la identificación de grupo lingüístico con etnia ha sido muy criticada en la antropología, es indudable el papel de la lengua para comprensión de las culturas indígenas. "Una lengua es básicamente un medio de comunicación, pero es mucho más que eso", señala el antropólogo Rodolfo Stavenhagen, uno de los principales especialistas mexicanos en antropología jurídica. "Las lenguas constituyen una parte integral de toda cultura; por medio de su lengua, un grupo expresa su propia cultura, su propia identidad social; las lenguas están vinculadas a procesos mentales y a la forma en que los miembros de determinada comunidad lingüística perciben la naturaleza, el universo y la sociedad. Las lenguas expresan patrones culturales y relaciones sociales y a su vez ayudan a moldear estos patrones y relaciones" (Stavenhagen 1995: 99).

        Por otra parte, es innegable que muchos rasgos característicos de la cultura maya tradicional se hallan también en segmentos sociales no-indígenas, especialmente en el medio rural, pero también en las ciudades de la península. ¿Qué es, entonces, la cultura maya? ¿Cuáles son sus fronteras? ¿Quienes pertenecen a ella? ¿Cómo se puede definir la identidad maya? Estas controvertidas preguntas no son respondidas aquí. Pero todos los trabajos del presente volumen que presentan y discuten materiales empíricos referentes a reclamos de derechos y administración de la justicia en la población maya de la región, hacen ver que sólo un cierto conocimiento general de la cultura y estructura social maya - desde los modos de apropiarse de la naturaleza, pasando por las particularidades de vida cotidiana y las prácticas religiosas hasta la forma en que las comunidades están articuladas con el sistema social mayor - permite comprenderlos adecuadamente14.

        Para ubicar en su justa dimensión el campo jurídico en la población maya contemporánea, no debe perderse de vista la situación de subordinación colonial en la que ésta se encuentra desde hace quinientos años. Son bien conocidas las numerosas transformaciones que les fueron impuestas así como las múltiples formas de resistencia y repuestas adaptativas que han moldeado la cultura maya actual. En consecuencia, cuando se habla de formas "tradicionales" de actuar o de pensar, esto no se refiere a modelos prehispánicos, sino a los resultados del acomodo de elementos autóctonos a circunstancias cambiadas y cambiantes. En este sentido, una conocida especialista en antropología jurídica señala que "si bien es posible distinguir el ámbito o las formas que podríamos llamar 'indígenas' de ejercer la justicia (entendiendo éstas no como supervivencias históricas, sino como las formas actualmente usadas por el grupo), éstas se encuentran integradas o incluso sobrepuestas con la ley nacional y sus aparatos en múltiples relaciones de intermediación y transacción, y los indígenas se ven involucrados en ellas según determinadas circunstancias, y muchas veces por su propia elección" (Sierra 1994: 32). Así, por ejemplo, las legislaciones municipal y agraria y las instituciones de la administración de justicia estatal, además del sistema educativo, ha influido fuertemente en todos los aspectos jurídicos en las comunidades mayas, pero también subsisten formas propias - y a veces claramente opuestas al orden oficialmente vigente - de evaluar jurídicamente conductas, responder a delitos, sancionar acuerdos, solucionar disputas, definir reclamos, aunque a veces son difíciles de divisar por la larga historia de opresión y fragmentación arriba mencionada.

     

    Los trabajos contenidos en este volumen

    La idea para este volumen se originó durante el primer diplomado que se impartió en la Unidad de Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Yucatán. Dicho curso se desarrolló en cooperación con la Coordinación Nacional de Antropología del Instituto Nacional de Antropología e Historia de septiembre a noviembre del año 2000 y vinculado con el proyecto de investigación "Políticas indigenistas en Yucatán", que se lleva a cabo en la misma Unidad de Ciencias Sociales y que forma parte del proyecto comparativo a nivel nacional "Políticas sociales hacia los indígenas en México 1948-2000", dirigido por el Dr. Guillermo de la Peña. El objetivo del diplomado mencionado fue introducir la temática de la antropología jurídica a los ámbitos profesionales de las ciencias sociales y las ciencias jurídicas de la región e impulsar el estudio y el debate interdisciplinarios sobre el pluralismo jurídico y, particularmente, los derechos indígenas.

        Los estudiantes inscritos en el diplomado, provenientes de los tres estados peninsulares y formados en antropología, derecho, sociología o ciencias de la comunicación, tuvieron la posibilidad de elaborar como trabajo final un estudio etnográfico sobre algún aspecto jurídico (en el sentido amplio mencionado) de la población maya de la península. Naturalmente, la mayoría de quienes optaron por esta temática, trabajaron sobre información etnográfica y documental de la que disponían como resultado de estudios anteriores o en curso o proveniente de su actividad profesional reciente; mención aparte mere el trabajo de quienes utilizaron como base etnográfica alguno(s) de los videos de autodiagnóstico comunitario15 proporcionados por el recientemente creado Centro Regional de Investigación, Información y Documentación del Pueblo Maya del Instituto Nacional Indigenista en Mérida. Todo esto significa que los trabajos incluidos en este volumen son casi todos re-análisis de materiales empíricos generados con propósitos originalmente diferentes, lo que explica algunas de sus limitaciones. Los 14 trabajos pre-seleccionados para la inclusión en este volumen se re-elaboraron parcial o completamente; al mismo tiempo se solicitó a otros participantes en el diplomado y a alguna/os investigadora/es que no habían participado en él, 9 textos sobre aspectos determinados. En todo ello se tuvo presente siempre el objetivo de ofrecer una visión de conjunto, a la que los textos particulares contribuirían, por lo que se limitó mucho el número de páginas por trabajo. En congruencia con esto, se eliminó en muchos casos los nombres de personas y localidades específicas o se sustituyeron por ficticios, pues no se trataba de analizar a profundidad situaciones singulares, sino de contribuir a una panorámica general. Como es natural, hay diferencias en los textos con respecto a la conceptualización de los fenómenos estudiados y a la apreciación de la situación. El volumen no pretende proporcionar una visión homogénea o uniforme, y cada autor es responsable del material y de las ideas que contiene su texto.

        Lo anterior significa que el volumen no ofrece un tratamiento completo de la problemática jurídica de la población maya actual de la península. Esto hubiera hecho necesario un programa de investigación sistemático, multidisciplinario y multiinstitucional de mediano plazo - una tarea que sigue pendiente. Así, por ejemplo, no se encuentran mencionados temas tan importantes como la territorialidad, el uso de los recursos naturales, los mecanismos para la transmisión de la herencia y el establecimiento de acuerdos y la problemática de la autoría intelectual. Tampoco toman en cuenta la nueva situación creada por la reciente aprobación de la mencionada Ley sobre Derechos y Cultura Indígenas.

        Pero aún así, el volumen en su conjunto proporciona una visión introductoria y general acerca de prácticas legales, concepciones jurídicas y vínculos entre tradiciones locales arraigadas en la cultura maya y el sistema normativo estatal, que se dan en muchas partes de la península. ¿Qué tanto se hace aquí visible el encuentro de dos formas teóricas y prácticas de concebir y de solucionar conflictos básicos para la vida colectiva? ¿Cuáles son las ideas básicas sobre el ser humano y sus derechos inalienables contenidas en los valores y costumbres jurídicos llamados "tradicionales"? ¿Qué perspectivas se abren para el desarrollo de una lógica jurídica de raíces autóctonas? ¿Cómo tendría que estar organizada una administración estatal de la justicia respetuosa de la cultura maya? ¿Mediante qué mecanismos podría asegurarse la aportación de la población maya a la generación de la ley positiva del estado y cómo podría asegurarse la plena vigencia de las garantías individuales en sus comunidades? ¿Qué y cómo habría que investigar estos temas tanto en la sociedad indígena como en la no-indígena?

        Preguntas como éstas se desprenden de la lectura de los textos contenidos en este volumen. Algunos de ellos indican o dejan entrever posibles respuestas, otras simplemente presentan con mayor o menor grado de explicitación al respecto, el material etnográfico como base para el análisis y la reflexión.

        El material ha sido organizado de la siguiente forma.

        El apartado I reúne, bajo el título "Sobre la problemática del derecho indígena", tres textos que introducen de modo global a la temática del volumen Aproximaciones a la antropología jurídica de los mayas peninsulares. En el primero, Mirlene Aguayo presenta y comenta de modo resumido una serie de documentos legales nacionales e internacionales, que enmarcan de modo general la discusión actual sobre el derecho a la diferencia de los pueblos indígenas. En el segundo, Arturo Caballero proporciona, con base en una serie de videos de autodiagnóstico realizados bajo el patrocinio del Instituto Nacional Indigenista en diversas comunidades mayas del Estado de Yucatán, opiniones de habitantes de estas comunidades y observaciones etnográficas que sirven para introducir rasgos centrales de la cultura maya contemporánea. Cierra este apartado un reporte elaborado por Sandra Benbeniste, una de las participantes en la organización de un conjunto de encuentros desarrollados durante la segunda mitad del 2000 bajo la égida del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Delegación del Instituto Nacional Indigenista en el Estado de Yucatán con representantes de diez facultades de derecho ubicados en los tres estados de la península, en los que se analizaron diversos aspectos del derecho indígena en la región.

        El apartado II agrupa, bajo el título "Legislación del estado y jurisprudencia maya" ocho textos que se ocupan, desde diferentes ángulos, de las relaciones entre la ley positiva del estado y las formas cómo en diversas comunidades mayas se regulan conflictos y se administra la justicia. Primero, Israel Herrera presenta aquellas características del derecho procesal de los mayas prehispánicos que aparecen en diversas fuentes coloniales. Sigue un texto de Gregorio Manuel Vázquez Canché que muestra aspectos del funcionamiento actual de la administración de la justicia en comunidades mayas de Quintana Roo. La transcripción de dos ponencias hechas por el magistrado indígena Javier Reyes y el juez indígena Ek Cituk, ambos de Quintana Roo, complementa esta información. Después, Dea María Gutiérrez Rivera describe las bases legales y el funcionamiento de los juzgados de conciliación en el Estado de Campeche y Luis Héctor Barreda analiza dos sentencias judiciales en procesos penales en el Estado de Yucatán, en las que se tomó en cuenta por primera vez la diferencia cultural. El trabajo de Diana Laura Arjona sobre el intento de los médicos indígenas para obtener la legalización de sus actividades terapéuticas, muestra que la problemática del derecho indígena no se encuentra limitado al nivel comunal. Cierra el apartado con el ensayo de Carlos Macedonio Hernández, quien aboga a favor del reconocimiento formal del derecho consuetudinario maya, y con un texto en el cual María Cristina Muñoz explica las dificultades que, a causa de la larga historia de discriminación étnico-cultural, tienen los mayas actuales para exigir sus derechos.

        El apartado III ofrece bajo el título "Aspectos de la normatividad en comunidades indígenas y de los derechos indígenas en la península de Yucatán" un amplio y variado panorama de situaciones y fenómenos relativos a la antropología jurídica de la región. Primero se abordan tres situaciones en las que aparece el funcionamiento de la normatividad local: Marta Capetillo ofrece información sobre la elección de autoridades y sistemas normativos propios existentes en comisarías del municipio de Mérida, recordando así que la población maya no únicamente se encuentra en el campo rural; Ella F. Quintal presenta elementos importantes de la administración de justicia en una comunidad rural a través del análisis de las actas sobre conflictos levantadas por el comisario municipal; Cristina López Cervera esboza la operación del derecho consuetudinario en la organización de una fiesta patronal. Dos trabajos se ocupan de las concepciones mayas referentes a delitos y justicia: Nancy Walker indaga, a partir de un caso de robo, sobre la concepción de justicia entre determinado sector de la población maya, mientras que Hilaria Máas recopila en diversas comunidades yucatecas algunos ejemplos de conceptos mayas sobre delitos y sanciones. Los siguientes tres trabajos abordan igual número de temas de mucha importancia para la comprensión tanto de la cultura maya actual como de los aspectos jurídicos: Cristina Leirana estudia la problemática de los derechos lingüísticos; Jorge Flores trata de demostrar, con base al análisis de los efectos de la reforma agraria más reciente, que el uso común es una de las principales expresiones identitarias mayas actuales; Lourdes Rejón examina el conflicto surgido en torno a un "sitio prehispánico", que para unos es parte del patrimonio arqueológico nacional y para otros, lugar sagrado. Tres trabajos más tratan aspectos particulares que aportan elementos a la reflexión sobre la situación de los derechos indígenas: Eugenia Iturriaga se centra, ante todo, en el valor ambiguo que ha adquirido, a causa de cierto abuso, el trabajo colectivo obligatorio y gratuito; Martha Flores describe una serie de carencias en el campo yucateco en términos de derechos negados; Claudia Paz se ocupa de los derechos de integrantes de comunidades mayas quienes se han convertido en migrantes al interior de la misma región. Los dos trabajos finales relatan experiencias de comunidades indígenas entera o parcialmente no maya-yucatecas: Gabriela Castro estudia la administración de la justicia en un campamento de refugiados guatemaltecos en Campeche mientras que Ivonne Olvera y Juan Rodríguez reseñan origen y funcionamiento del Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil en la biósfera de Calakmul.

        En la parte IV de este volumen, tres conocidos especialistas en antropología jurídica ofrecen una apreciación general del conjunto de los materiales etnográficos y consideraciones conceptuales reunidos en este volumen: el Antropólogo Agustín Ávila, antiguo director de procuración de justicia del Instituto Nacional Indigenista, y el Doctor Carlos H. Durand Álvarez, profesor-investigador de la Universidad Autonoma Metropolitana

        En la parte final se encuentran los resúmenes en castellano y en maya de todos los textos de los apartados I - IV y algunos datos sobre las autoras y los autores de este volumen.

     

    Agradecimientos

    En primer lugar, el coordinador de este volumen desea expresar su agradecimiento a la Mtra. Gloria Artís (Coordinación Nacional de Antropología) y al Mtro. Antonio Machuca (Dirección de Etnología y Antropología Social), ambos del Instituto Nacional de Antropología e Historia (México, D. F.), a quienes se debe la iniciativa del mencionado Diplomado en Antropología Jurídica, así como a su equipo de colaboradora/es en la Coordinación Nacional de Antropología, especialmente a Gloria Santos y Magdalena Ferreira. Lo mismo vale para los conferencistas de las sesiones y los estudiantes por su interés y participación. Igualmente se agradece al Dr. Luis Ramírez Carrillo, Coordinador de la Unidad de Ciencias Sociales, y al Dr. Raúl Godoy Montañés, Rector de la Universidad Autonoma de Yucatán, su apoyo a este primer diplomado llevado a cabo en la Unidad de Ciencias Sociales.

        Al Mtro. Raúl Murguía (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo) se agradece de manera muy especial la propuesta para elaborar este volumen y al Lic. Arturo Caballero (antes en el Instituto Nacional Indigenista, ahora en la Universidad Marista) su ayuda en la preparación del mismo. Gracias también a Diana Laura Arjona por su colaboración en la organización del Diplomado primero y en la preparación de los textos después.

     

    Comentario final

        Este volumen es una aproximación inicial y fragmentaria a la diversidad jurídica en la península de Yucatán, especialmente con respecto a la población maya. Es de esperarse, empero, que la lectura de los textos en él contenidos muestre que el campo jurídico, a pesar de ser un campo especializado, es también, como cualquier otra especialización, nada más una aproximación particular al conjunto de la sociedad y la cultura de que trata, en este caso, de la cultura maya contemporánea. Es, por tanto, una invitación al diálogo intercultural. Al mismo tiempo es un llamado a la intensificación de la investigación jurídico-social apenas empezada en la región. Ésta, por más que se centre en los procesos específicos de la península, no podrá dejar de ver que procesos y situaciones semejantes se están desarrollando actualmente en muchas partes de América Latina y del mundo entero, donde pueblos y comunidades indígenas están levantando sus voces para protestar por su dignidad negada y para exigir un desarrollo sociocultural propio.

    Esteban Krotz, coord. , Aproximaciones a la antropología jurídica de los mayas peninsulares. Ed. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo / Universidad Autónoma de Yucatán, Mérida, 2001, 329 págs., ISBN 970-698-021-0.


    Índice

    Antropología jurídica y cultura maya actual: introducción a la temática y las características de esta obra colectiva.
    Esteban Krotz


    I. Sobre la problemática del derecho indígena

    El derecho a la diferencia: apuntes legales sobre la multiculturalidad.
    Mirlene Aguayo González

    Concepciones del desarrollo en algunas comunidades mayas de Yucatán.
    Arturo Caballero Barrón

    El derecho indígena maya y los programas docentes en las escuelas y facultades de derecho de la Península de Yucatán.
    Sandra Benbeniste


    II. Legislación del Estado y jurisprudencia maya

    Algunas características del derecho maya prehispánico.
    José Israel Herrera

    Autonomía entre los mayas cruzo'ob.
    Gregorio Vázquez Canché

    Solución de controversias de acuerdo con la Ley de Justicia Indígena del Estado de Quintana Roo.
    Javier Reyes y Pedro Ek Cituk

    Los Juzgados de Conciliación en el Estado de Campeche.
    Dea María Gutiérrez Rivero

    Inicios de una jurisprudencia respetuosa de la cultura maya en Yucatán.
    Luis Héctor Barrera

    Cultura y derecho: la legislación de la medicina maya tradicional.
    Diana Laura Arjona

    El derecho consuetudinario de los pueblos étnicos y su implicación en el sistema jurídico mexicano.
    Carlos A. Macedonio Hernández

    Los nadies: ¿sujetos jurídicos?
    Cristina Muñoz Menéndez


    III. Aspectos de la normatividad y derechos en comunidades mayas.

    Autoridades mayas en el Municipio de Mérida.
    Martha Capetillo Pasos

    Buscando amistades, concientizando y exhortando: actas y actuación del comisario municipal en una comunidad maya yucateca.
    Ella F. Quintal Avilés

    La fiesta patronal como lugar del derecho consuetudinario.
    Cristina López Cervera

    ¿Qué es lo justo? Discrepancias en torno a un caso de robo.
    Nancy Walker Olvera

    Expresiones en maya acerca de delitos y sanciones.
    Hilaria Máas Collí

    Vivir en lengua no oficial: la discriminación lingüística.
    Cristina Leirana Alcocer

    Los "usos comunes" ejidales de Yucatán: una expresión jurídica de la territorialidad maya actual.
    Jorge Flores Torres

    Un sitio arqueológico como espacio sagrado y lugar de conflicto jurídico.
    Lourdes Rejón Patrón

    Tradición aceptada e imposición contestada: dos caras del trabajo comunitario.
    Eugenia Iturriaga

    Reclamos y derechos negados en una comunidad indígena de Yucatán.
    Martha Flores

    La pérdida de derechos como experiencia migratoria.
    Claudia Paz Bravo

    La organización de la ley en los campamentos de refugiados guatemaltecos.
    Gabriela Castro

    Migración y organización social: la formación de un consejo intercomunitario.
    Ivonne Olvera y Juan Rodríguez de la Gala


    IV. Comentarios generales

    Derechos indígenas en la Península de Yucatán: una apreciación general.
    Agustín Ávila Méndez

    Hacia la construcción de lo jurídico maya.
    Carlos H. Durand Alcántara


    V. Anexos

    Resúmenes de los textos (en castellano)

    Resúmenes de los textos (en maya)

    Las autoras y los autores de esta obra

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    Antropólogo. Profesor investigador titular de la Unidad de Ciencias Sociales del Centro de Investigaciones Regionales "Dr. Hideyo Noguchi" de la Universidad Autónoma de Yucatán.
    Artículo publicado en Esteban Krotz, coord. , Aproximaciones a la antropología jurídica de los mayas peninsulares. Ed. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo / Universidad Autónoma de Yucatán, Mérida, 2001, 329 págs., ISBN 970-698-021-0.Regresar

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