Introducción
La aprobación definitiva de la controvertida Ley Federal en Materia
de Derechos y Cultura Indígenas, a mediados de 2001, ha planteado
en todas las entidades federativas, que aún no cuentan con una
legislación referente a los pueblos y comunidades indígenas
que habitan en su territorio, la urgencia de realizar las modificaciones
constitucionales y legales necesarias para el reconocimiento jurídico
de este importante segmento poblacional de la nación
1 .
El presente trabajo tiene como objetivo señalar
una serie de puntos de orientación a tomarse en cuenta para el
debate ya iniciado 2 sobre la futura legislación estatal sobre derechos y cultura de
los mayas de Yucatán y para el proceso de elaboración de
esta legislación. Se basa en una amplia revisión de estudios
antropológicos sobre la cuestión actual de los derechos
indígenas, las relaciones interétnicas y el indigenismo
en México3,
en general, y en la Península de Yucatán4 , en particular. A partir de ella, plantea consideraciones cruciales para
el análisis de la problemática particular del estado de
Yucatán (planteamientos generales sobre el tema de las relaciones
interétnicas e interculturales), señala aspectos específicos
a tomarse en cuenta para el debate sobre el contenido de la posible legislación
futura (aspectos específicos por considerar en la elaboración
de la legislación pendiente) y concluye con unos comentarios sobre
el proceso mismo de preparación de esta legislación (sobre
el proceso de elaboración de la nueva legislación). Sin
embargo, no formula propuestas precisas para artículos específicos
de determinados documentos legales. Esta tarea, que incluirá también
la distinción entre los elementos que formarán parte de
la modificación constitucional y otros que formarán parte
de nuevas leyes y de la modificación de otras ya existentes, corresponde
a otros especialistas y, en último término, a los miembros
del H. Congreso del Estado y a los ciudadanos a quienes éstos últimos
representan.
Planteamientos
generales sobre el tema de las relaciones interétnicas e interculturales
Ante todo es de suma importancia recalcar que, aunque está pendiente
primeramente una ley referente a los derechos y la cultura de los mayas
(y, en dado caso, de otras etnias asentadas en el estado de Yucatán),
no debe considerarse que su objetivo sea el de solucionar "un problema
de los mayas". Todo lo contrario: se trata de una legislación
que transformará aspectos fundamentales de la conformación
actual de toda la sociedad. Es más, incluso la situación
de la población maya solamente puede entenderse y, por tanto, abordarse
adecuadamente, si se le entiende como parte de la situación social,
económica, política y cultural más amplia de la Península
y del estado de Yucatán. 5
En consecuencia, el debate pendiente es mucho
más que un debate sobre la situación de la población
maya y sobre sus reclamos de justicia. Implica un debate sobre el modelo
de sociedad y, en particular, sobre el modelo de relaciones interculturales
e interétnicas que se quiere alcanzar mediante la nueva legislación.6
Por ello es imprescindible que el H. Congreso
del Estado promueva la más amplia discusión en toda la entidad
sobre las diferentes propuestas de esta nueva legislación. Particularmente
necesaria parece la insistencia en que esta discusión, cuyo financiamiento
tendrá que asegurar el H. Congreso, debe tratar por igual a quienes
viven en Mérida y quienes viven en las demás cabeceras municipales
y en las comisarías del estado, ya que la lejanía o cercanía
física con respecto a la sede del Poder Legislativo de la entidad
o consideraciones demográficas no deben convertirse en razones
para una mayor o menor participación ciudadana.
Es necesario que todos quienes intervengan en
la preparación de esta legislación y en la formulación
y evaluación de propuestas, no solamente tomen debidamente en cuenta
todo el proceso de gestación y aprobación de la reciente
legislación federal sobre los pueblos indígenas (incluyendo
las diferentes propuestas originales 7 , las múltiples críticas hechas a esta ley por parte de
representantes de pueblos indígenas y de diversos especialistas
y el ya iniciado proceso de revisión de esta legislación)
y las legislaciones sobre el particular ya establecidas en otras entidades
federativas8 (y las experiencias con las que se cuenta al respecto); igualmente deben
tomarse en cuenta las discusiones llevadas a cabo en el seno de la Organización
de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos
sobre los derechos indígenas fundamentales9 y en las recientes cumbres mundiales sobre derechos humanos (Viena, 1993)
y contra el racismo (Durban, 2001), instancias todas de las que México
forma parte.
Para eliminar la discriminación estructural
que sufren los pueblos indios desde la invasión europea, resulta
imprescindible considerar en la legislación pendiente el fin de
las instituciones y políticas indigenistas tradicionales. En su
lugar deben establecerse, por una parte, instituciones y programas dirigidos
por la propia población maya y, por otra parte, instituciones y
programas destinados a fomentar la armoniosa convivencia de las diferentes
culturas en el país y el estado. Sin embargo, dada la secular desigualdad
social y cultural, creada precisamente por el modelo social vigente, se
necesitará, además, durante un período de transición,
instituciones y programas de política social destinados justamente
a revertir dichas desigualdades. Una de las actividades principales de
estas instituciones y programas debe ser la de la formación de
recursos humanos especializados en las comunidades mayas para permitir
la pronta transferencia de las instituciones existentes y la creación
de otras nuevas en manos de las comunidades mayas.
La nueva legislación debe incluir mandatos
legales explícitos y precisos para garantizar el financiamiento
de las medidas que implica su realización.
Aspectos específicos por considerar en la elaboración de
la legislación pendiente
La nueva legislación
debe garantizar la igualdad de condiciones de las culturas y pueblos existentes
en el estado, establecer mecanismos para la efectiva reversión
de la actual situación desfavorable para la población maya
y sentar las bases para el desarrollo de la misma, acorde con su propia
lógica cultural.
Con respecto de garantizar la igualdad de condiciones,
la legislación deberá considerar elementos tales como:
• El reconocimiento del pueblo maya y de sus comunidades como sujetos
de derecho público 10
.
• La oficialización de la lengua maya en el
estado en todos los ámbitos (educación en todos los
niveles, legislación, administración pública,
procuración de justicia, etcétera).11
• La protección legal de las formas mayas tradicionales
de aprovechamiento y uso de los recursos naturales12,
ante todo, de los recursos territoriales.
• El establecimiento, donde la población maya así lo desee, de instituciones educativas en todos los niveles,
que fomenten la reproducción, la actualización y el
desarrollo de la cultura maya (esto significa: la "modernización"
de la cultura maya, la cual no tiene que ser considerada "tradicional"
por asumir su tradición, sino que puede ser tan "moderna"
como cualquier otra cultura moderna de la actualidad, que también
proviene siempre de alguna "tradición").13
• El reconocimiento de prácticas jurídicas
tradicionales, donde existen y son deseadas por la población;
lo mismo vale para las prácticas tradicionales para designar
y deponer autoridades civiles.
• El establecimiento de programas de educación y de difusión
especializados en todo el estado, donde estén presentes las
culturas maya y no mayas, así como de instituciones especialmente
dedicadas a propiciar el diálogo y el intercambio entre ambas.
En esta construcción de una auténtica interculturalidad jugarán, sin duda alguna, un papel de primera importancia la
educación escolar básica así como los medios
de difusión electrónicos y la prensa.
Con respecto
de la reversión de la actual situación de inequidad, la
legislación deberá considerar elementos tales como:
• La distribución de las partidas presupuestales en ciertas áreas (por ejemplo, en educación, becas,
salud, comunicaciones, infraestructura productiva y comercial, abastecimiento
de energía, etcétera) de tal forma que correspondan
aproximadamente a los porcentajes de los portadores de las diferentes
culturas en el Estado.
• El establecimiento legal de una cuota fiscal compensatoria en los ámbitos de educación, becas, salud, comunicaciones,
infraestructura productiva y comercial, abastecimiento energético,
etcétera, destinada a superar a corto y mediano plazos la desigualdad
que actualmente sufre la población maya. 14
• El otorgamiento de estímulos fiscales para
la creación de toda clase de asociaciones productivas, comerciales,
educativas y de servicios (cooperativas, empresas, etcétera)
integradas por miembros de comunidades mayas.
• La transformación de muchas carreras profesionales (en las que, como en medicina, enfermería, derecho y psicología,
se tiene contacto directo con el tercio de población mayahablante
del estado de Yucatán) y de la preparación de los integrantes
de la administración pública para que los integrantes
de la cultura maya y sus intereses puedan ser atendidos debidamente.
Con respecto
al desarrollo de la cultura maya conforme a su propia lógica, la
legislación pendiente deberá:
•
Determinar las vías concretas para la transformación
de las instituciones y programas indigenistas tradicionales 15
en instituciones y programas dirigidos por integrantes de los
pueblos indígenas asentados en el estado.
• Establecer un Instituto de Investigaciones Científicas
sobre la Cultura Maya, donde se estudien permanentemente y en
el más alto nivel todos los aspectos de la cultura maya y se
recopilen sistemáticamente todos los documentos generados en
cualquier parte del mundo sobre ella16.
En lugar destacado estos estudios deben incluir el análisis
de las tecnologías productivas existentes (ante todo, la agricultura
milpera), las formas tradicionales de organización social y
las manifestaciones artísticas así como las posibilidades
de modernización de todos estos aspectos acorde con la lógica
cultural propia.
• La participación efectiva de la población maya
en las decisiones sobre el uso y los beneficios generados por el aprovechamiento
de los vestigios de la antigua civilización maya17.
Sobre el proceso
de elaboración de la nueva legislación
La preparación de la legislación pendiente debe llevarse
a cabo con la mayor participación posible de la población
maya. Dado que dicha ley pretenderá instaurar jurídicamente
el respeto a la cultura maya, no se podrá realizar una preparación
adecuada de esta ley sin la traducción y amplia difusión
de todos los documentos relevantes en lengua maya (incluyendo los mencionados
en el inciso 1.4, los proyectos de declaración sobre derechos indígenas
de la Organización de Naciones Unidas y la Organización
de Estados Americanos, el Convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo, etcétera).
En vista de la inexistencia de órganos
de representación de la etnia maya, el H. Congreso del Estado debe
establecer, previa consulta con los interesados y especialistas en el
tema, una forma inicial de dicha representación que combine los
principios tradicionales de la cultura maya con los del orden republicano
vigente en el ámbito nacional; los mecanismos resultantes deben
ser evaluados y actualizados periódicamente con el concurso de
todos los involucrados.
El proceso legislativo debe considerar en todo momento la necesidad de
una coordinación efectiva con los otros dos estados peninsulares,
dado que el mismo pueblo maya habita en las tres entidades federativas
y que las fronteras estatales no guardan relación alguna con la
realidad étnica y cultural de la Península.
Comentario final
La generación de la nueva legislación sobre derechos y culturas
indígenas en el estado de Yucatán dista de ser una tarea
estrechamente técnica o jurídica. Implica la discusión
general sobre el modelo de sociedad existente y sobre el modelo de sociedad
deseable. Implica también la búsqueda de nuevas formas de
representación política y de comunicación entre las
diferentes culturas. Es una tarea creativa que necesita de la más
amplia participación de todos los ciudadanos, mayas y no mayas,
para una reorganización de la sociedad que se base en el respeto
a la diferencia, que es consustancial con las ideas de democracia y de
derechos humanos.
Este texto fue publicado originalmente en la Revista de la Universidad
Autónoma de Yucatán, vol. 16-17, Cuarto trimestre de 2001-Primer
trimestre de 2002, núms. 219-220, pp. 3-8.
Profesor-investigador de la Unidad de Ciencias Sociales del Centro de
Investigaciones Regionales “Dr. Hideyo Noguchi” de la Universidad
Autónoma de Yucatán.
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