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El reconocimiento jurídico de los mayas en Yucatán

 

 

 

Introducción

La aprobación definitiva de la controvertida Ley Federal en Materia de Derechos y Cultura Indígenas, a mediados de 2001, ha planteado en todas las entidades federativas, que aún no cuentan con una legislación referente a los pueblos y comunidades indígenas que habitan en su territorio, la urgencia de realizar las modificaciones constitucionales y legales necesarias para el reconocimiento jurídico de este importante segmento poblacional de la nación 1 .

    El presente trabajo tiene como objetivo señalar una serie de puntos de orientación a tomarse en cuenta para el debate ya iniciado 2 sobre la futura legislación estatal sobre derechos y cultura de los mayas de Yucatán y para el proceso de elaboración de esta legislación. Se basa en una amplia revisión de estudios antropológicos sobre la cuestión actual de los derechos indígenas, las relaciones interétnicas y el indigenismo en México3, en general, y en la Península de Yucatán4 , en particular. A partir de ella, plantea consideraciones cruciales para el análisis de la problemática particular del estado de Yucatán (planteamientos generales sobre el tema de las relaciones interétnicas e interculturales), señala aspectos específicos a tomarse en cuenta para el debate sobre el contenido de la posible legislación futura (aspectos específicos por considerar en la elaboración de la legislación pendiente) y concluye con unos comentarios sobre el proceso mismo de preparación de esta legislación (sobre el proceso de elaboración de la nueva legislación). Sin embargo, no formula propuestas precisas para artículos específicos de determinados documentos legales. Esta tarea, que incluirá también la distinción entre los elementos que formarán parte de la modificación constitucional y otros que formarán parte de nuevas leyes y de la modificación de otras ya existentes, corresponde a otros especialistas y, en último término, a los miembros del H. Congreso del Estado y a los ciudadanos a quienes éstos últimos representan.

 

Planteamientos generales sobre el tema de las relaciones interétnicas e interculturales

Ante todo es de suma importancia recalcar que, aunque está pendiente primeramente una ley referente a los derechos y la cultura de los mayas (y, en dado caso, de otras etnias asentadas en el estado de Yucatán), no debe considerarse que su objetivo sea el de solucionar "un problema de los mayas". Todo lo contrario: se trata de una legislación que transformará aspectos fundamentales de la conformación actual de toda la sociedad. Es más, incluso la situación de la población maya solamente puede entenderse y, por tanto, abordarse adecuadamente, si se le entiende como parte de la situación social, económica, política y cultural más amplia de la Península y del estado de Yucatán. 5

    En consecuencia, el debate pendiente es mucho más que un debate sobre la situación de la población maya y sobre sus reclamos de justicia. Implica un debate sobre el modelo de sociedad y, en particular, sobre el modelo de relaciones interculturales e interétnicas que se quiere alcanzar mediante la nueva legislación.6


    Por ello es imprescindible que el H. Congreso del Estado promueva la más amplia discusión en toda la entidad sobre las diferentes propuestas de esta nueva legislación. Particularmente necesaria parece la insistencia en que esta discusión, cuyo financiamiento tendrá que asegurar el H. Congreso, debe tratar por igual a quienes viven en Mérida y quienes viven en las demás cabeceras municipales y en las comisarías del estado, ya que la lejanía o cercanía física con respecto a la sede del Poder Legislativo de la entidad o consideraciones demográficas no deben convertirse en razones para una mayor o menor participación ciudadana.

    Es necesario que todos quienes intervengan en la preparación de esta legislación y en la formulación y evaluación de propuestas, no solamente tomen debidamente en cuenta todo el proceso de gestación y aprobación de la reciente legislación federal sobre los pueblos indígenas (incluyendo las diferentes propuestas originales 7 , las múltiples críticas hechas a esta ley por parte de representantes de pueblos indígenas y de diversos especialistas y el ya iniciado proceso de revisión de esta legislación) y las legislaciones sobre el particular ya establecidas en otras entidades federativas8 (y las experiencias con las que se cuenta al respecto); igualmente deben tomarse en cuenta las discusiones llevadas a cabo en el seno de la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos sobre los derechos indígenas fundamentales9 y en las recientes cumbres mundiales sobre derechos humanos (Viena, 1993) y contra el racismo (Durban, 2001), instancias todas de las que México forma parte.

    Para eliminar la discriminación estructural que sufren los pueblos indios desde la invasión europea, resulta imprescindible considerar en la legislación pendiente el fin de las instituciones y políticas indigenistas tradicionales. En su lugar deben establecerse, por una parte, instituciones y programas dirigidos por la propia población maya y, por otra parte, instituciones y programas destinados a fomentar la armoniosa convivencia de las diferentes culturas en el país y el estado. Sin embargo, dada la secular desigualdad social y cultural, creada precisamente por el modelo social vigente, se necesitará, además, durante un período de transición, instituciones y programas de política social destinados justamente a revertir dichas desigualdades. Una de las actividades principales de estas instituciones y programas debe ser la de la formación de recursos humanos especializados en las comunidades mayas para permitir la pronta transferencia de las instituciones existentes y la creación de otras nuevas en manos de las comunidades mayas.

    La nueva legislación debe incluir mandatos legales explícitos y precisos para garantizar el financiamiento de las medidas que implica su realización.

 

Aspectos específicos por considerar en la elaboración de la legislación pendiente

La nueva legislación debe garantizar la igualdad de condiciones de las culturas y pueblos existentes en el estado, establecer mecanismos para la efectiva reversión de la actual situación desfavorable para la población maya y sentar las bases para el desarrollo de la misma, acorde con su propia lógica cultural.

    Con respecto de garantizar la igualdad de condiciones, la legislación deberá considerar elementos tales como:

• El reconocimiento del pueblo maya y de sus comunidades como sujetos de derecho público 10 .

• La oficialización de la lengua maya en el estado en todos los ámbitos (educación en todos los niveles, legislación, administración pública, procuración de justicia, etcétera).11

• La protección legal de las formas mayas tradicionales de aprovechamiento y uso de los recursos naturales12, ante todo, de los recursos territoriales.

• El establecimiento, donde la población maya así lo desee, de instituciones educativas en todos los niveles, que fomenten la reproducción, la actualización y el desarrollo de la cultura maya (esto significa: la "modernización" de la cultura maya, la cual no tiene que ser considerada "tradicional" por asumir su tradición, sino que puede ser tan "moderna" como cualquier otra cultura moderna de la actualidad, que también proviene siempre de alguna "tradición").13

• El reconocimiento de prácticas jurídicas tradicionales, donde existen y son deseadas por la población; lo mismo vale para las prácticas tradicionales para designar y deponer autoridades civiles.

• El establecimiento de programas de educación y de difusión especializados en todo el estado, donde estén presentes las culturas maya y no mayas, así como de instituciones especialmente dedicadas a propiciar el diálogo y el intercambio entre ambas. En esta construcción de una auténtica interculturalidad jugarán, sin duda alguna, un papel de primera importancia la educación escolar básica así como los medios de difusión electrónicos y la prensa.

Con respecto de la reversión de la actual situación de inequidad, la legislación deberá considerar elementos tales como:


• La distribución de las partidas presupuestales en ciertas áreas (por ejemplo, en educación, becas, salud, comunicaciones, infraestructura productiva y comercial, abastecimiento de energía, etcétera) de tal forma que correspondan aproximadamente a los porcentajes de los portadores de las diferentes culturas en el Estado.

• El establecimiento legal de una cuota fiscal compensatoria en los ámbitos de educación, becas, salud, comunicaciones, infraestructura productiva y comercial, abastecimiento energético, etcétera, destinada a superar a corto y mediano plazos la desigualdad que actualmente sufre la población maya. 14

• El otorgamiento de estímulos fiscales para la creación de toda clase de asociaciones productivas, comerciales, educativas y de servicios (cooperativas, empresas, etcétera) integradas por miembros de comunidades mayas.

• La transformación de muchas carreras profesionales (en las que, como en medicina, enfermería, derecho y psicología, se tiene contacto directo con el tercio de población mayahablante del estado de Yucatán) y de la preparación de los integrantes de la administración pública para que los integrantes de la cultura maya y sus intereses puedan ser atendidos debidamente.

Con respecto al desarrollo de la cultura maya conforme a su propia lógica, la legislación pendiente deberá:

• Determinar las vías concretas para la transformación de las instituciones y programas indigenistas tradicionales 15 en instituciones y programas dirigidos por integrantes de los pueblos indígenas asentados en el estado.

• Establecer un Instituto de Investigaciones Científicas sobre la Cultura Maya, donde se estudien permanentemente y en el más alto nivel todos los aspectos de la cultura maya y se recopilen sistemáticamente todos los documentos generados en cualquier parte del mundo sobre ella16. En lugar destacado estos estudios deben incluir el análisis de las tecnologías productivas existentes (ante todo, la agricultura milpera), las formas tradicionales de organización social y las manifestaciones artísticas así como las posibilidades de modernización de todos estos aspectos acorde con la lógica cultural propia.

• La participación efectiva de la población maya en las decisiones sobre el uso y los beneficios generados por el aprovechamiento de los vestigios de la antigua civilización maya17.

Sobre el proceso de elaboración de la nueva legislación

La preparación de la legislación pendiente debe llevarse a cabo con la mayor participación posible de la población maya. Dado que dicha ley pretenderá instaurar jurídicamente el respeto a la cultura maya, no se podrá realizar una preparación adecuada de esta ley sin la traducción y amplia difusión de todos los documentos relevantes en lengua maya (incluyendo los mencionados en el inciso 1.4, los proyectos de declaración sobre derechos indígenas de la Organización de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, etcétera).

    En vista de la inexistencia de órganos de representación de la etnia maya, el H. Congreso del Estado debe establecer, previa consulta con los interesados y especialistas en el tema, una forma inicial de dicha representación que combine los principios tradicionales de la cultura maya con los del orden republicano vigente en el ámbito nacional; los mecanismos resultantes deben ser evaluados y actualizados periódicamente con el concurso de todos los involucrados.
El proceso legislativo debe considerar en todo momento la necesidad de una coordinación efectiva con los otros dos estados peninsulares, dado que el mismo pueblo maya habita en las tres entidades federativas y que las fronteras estatales no guardan relación alguna con la realidad étnica y cultural de la Península.

 

Comentario final

La generación de la nueva legislación sobre derechos y culturas indígenas en el estado de Yucatán dista de ser una tarea estrechamente técnica o jurídica. Implica la discusión general sobre el modelo de sociedad existente y sobre el modelo de sociedad deseable. Implica también la búsqueda de nuevas formas de representación política y de comunicación entre las diferentes culturas. Es una tarea creativa que necesita de la más amplia participación de todos los ciudadanos, mayas y no mayas, para una reorganización de la sociedad que se base en el respeto a la diferencia, que es consustancial con las ideas de democracia y de derechos humanos.

 



Este texto fue publicado originalmente en la Revista de la Universidad Autónoma de Yucatán, vol. 16-17, Cuarto trimestre de 2001-Primer trimestre de 2002, núms. 219-220, pp. 3-8.
Profesor-investigador de la Unidad de Ciencias Sociales del Centro de Investigaciones Regionales “Dr. Hideyo Noguchi” de la Universidad Autónoma de Yucatán.Regresar


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